domingo, 1 de agosto de 2010

Venezuela: Mujeres yukpas denuncian violaciones por parte de militares


Venezuela, 29 jul. 10 AmecoPress/SEMlac.- El sábado 17 de julio, Zenaida Romero, hija del líder indígena Sabino Romero Izarra, recluido en un fuerte militar desde el pasado mes de octubre, se dirigió ante la defensoría del pueblo de la capital del estado Zulia para denunciar, una vez más, los maltratos a los que fue sometida por parte de guardias militares durante la visita a su padre.

Los sábados y domingos son los días para las visitas de familiares de los indígenas en el fuerte militar Macoa, ubicado en el municipio Machiques, del estado Zulia.

Las mujeres yukpas deben recorrer, la mayoría de las veces a pie, un camino de aproximadamente 20 kilómetros desde sus comunidades hasta el fuerte militar. Los yukpas son el único grupo étnico de filiación Caribe que reside en el occidente de Venezuela.

"Desde muy tempranito, si no tenemos cobre (dinero), nos vamos caminando desde Chaktapa hasta Paja Chiquita para agarrar una chirrinchera (transporte)", narra Guillermina, hija de Sabino. Sus hogares se encuentra rodeado de haciendas y potreros, delimitados con alambres y fuertemente resguardados por personal de seguridad privada. Una vez que logran llegar al fuerte militar, estas mujeres son sometidas a medidas de revisión y chequeos ofensivos y violatorios.

Tanto la aprensión de Sabino Romero, así como los hechos antes mencionados, son parte del despojo territorial que comunidades indígenas yukpas han sufrido por parte de hacendados de la zona. Sus espacios vitales han sido ocupados de manera violenta por ganaderos terratenientes, afanados en el negocio de la cría de ganado.

La demora en la restitución de sus tierras, aspecto de justicia que es responsabilidad del Estado y fundamental en los procesos de reconocimiento demandados por los indígenas, ha profundizado la crisis.

"No somos animales"
Los hechos de revisión irregular a los que son sometidas las mujeres yukpas han sido denunciados por un grupo de ellas. "Nosotras sabemos que a casi ninguna mujer, cuando va a visitar, la obligan a quitarse la ropa toda", expuso Lucía Romero, 41 años, esposa de Sabino, ante la Defensoría del Pueblo de Maracaibo, capital del estado Zulia, y ante la Fiscalía Segunda del Ministerio Público.

Elena Romero, de 62 años, hermana del detenido, dijo: "nosotras no somos animales", haciendo referencia a las veces que también ha sido obligada a desnudarse, entre las burlas de los soldados, mientras ella, agachada, les exigía, con la ira que desata la humillación, respeto.

Kelly Amundaray, antropóloga y activista de derechos humanos de Sociedad Homo et Natura, explicó que a al visitar a sus familiares detenidos en el Fuerte Macoa, a las mujeres indígenas las amenazan con ser detenidas, las intimidan por medio de gritos y las fuerzan a desnudarse.

"Todo esto es ejecutado por soldados encargados de la requisa, quienes argumentan estar cumpliendo órdenes superiores", añade. "A estos guardias no les importa que sean mujeres, y mucho menos que sean indígenas. Se les irrespeta su cultura, sus usos y costumbres, su dignidad, al exponer ante ese hombre vestido de soldado, sus cuerpos desnudos", comentó.

Esta situación también ha puesto en evidencia las deficiencias en la respuesta institucional en los casos de violencia contra las mujeres indígenas. Los expedientes que reposan en los archivos de la fiscalía de Maracaibo reflejan la tardía o nula acción investigativa de las denuncias, así como ningún precedente de sanción que proteja a estas mujeres.

Demora y sistema de justicia
El caso de Guillermina Romero, 25 años, hija de Lucía, es un ejemplo que expone con claridad las particularidades que distinguen la búsqueda del acceso a la justicia de las mujeres indígenas: el reconocimiento de los derechos específicos asociados con el ser indígena están cruzados por la realidad históricamente sufrida de despojo de sus tierras ancestrales. La discriminación se potencia no solo por el género, sino también por su procedencia étnica.

Hace dos años, Guillermina fue secuestrada por un conocido hacendado de la zona. "Yo estaba lavando la ropa con mi niño (un menor de 4 años de edad). Llegaron los hacendados y los sicarios, me levantaron por el cabello y me montaron en una camioneta. Yo gritaba porque mi hijo se quedó solo y el río estaba crecido. Preguntaban por mi papá, me decían que lo iban a matar porque, según el que hablaba, él se mete en sus haciendas. Me rompieron la camisa y con la escopeta me tocaban los senos".

Guillermina, al igual que las demás mujeres de su familia, ha sido violentada en los días de visita a su padre. Desde diciembre del año pasado, por temor a que le causen daños, esta mujer se ha contenido de ir a verlo.

"La ultima vez me tocaron por detrás, me preguntaron si tenía hombre. Una vez me querían llevar a un cuarto aparte; el soldado me preguntaba que si quería hacer el amor", narró Guillermina.

Su denuncia fue realizada ante la institución de administración de justicia meses después del hecho. La fiscalía se ubica a cuatro horas de distancia y no cuenta con un traductor, estipulado en la ley orgánica de pueblos y comunidades indígenas. El acceso a la justicia no se completa con el hecho de llegar y presentarse.

Al respecto, Amundaray, explica que "este es un sistema judicial ajeno a las mujeres indígenas. El personal muestra indiferencia ante sus denuncias, muchas veces se impacienta al tomarles los testimonios y, con sus gestos, las intimidan, pues estas mujeres no manejan fluidamente el español".

El pasado 7 de julio, un grupo de estas mujeres viajaron hasta la ciudad de Caracas, acompañadas por activistas sociales, y se presentaron en las inmediaciones del Tribunal Supremo de Justicia, máximo ente rector en Venezuela, para solicitar ser atendidas por su presidenta, Luisa Estela Morales, con el fin de instarle a que acelere la admisión de un recurso de apelación introducido en el mes de marzo.

Estas mujeres exigen que sus familiares sean juzgados bajo la jurisdicción indígena, de acuerdo con sus costumbres e instituciones propias, derecho consagrado en la Constitución Nacional y de acuerdo a la ley orgánica de pueblos y comunidades indígenas.

Tras haber transcurrido más de ocho horas de espera infructuosa, estas mujeres regresaron a sus comunidades de origen, sin ser recibidas. La Diputada Nohelí Pocaterra, Presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional, exhortó a la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia a "reconocer el amparo constitucional que protege a los hermanos yukpas para que sean juzgados según las leyes indígenas".

Igualmente, recordó que "el artículo 260 de la Constitución establece que, cuando se suscitan problemas entre indígenas y en territorio indígena, deben ser atendidos por sus miembros, porque se reconoce que sus problemas deben ser atendidos por ellos".

"La Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo recomienda cualquier sanción menos el encarcelamiento, porque de esta manera se desconoce la realidad sociocultural de nuestros pueblos", añadió.

El incremento de las denuncias de las mujeres yukpas ha tenido lugar durante estos cinco meses de retraso en la decisión de la magistrada. Respecto a la investigación que estas denuncias demandan por los actos de violencia, el sistema de justicia continúa siendo un horizonte lejano en la vida de estas mujeres.

Fuente: Ameco Press
Foto: SEMlac

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Email: mujereschile@gmail.com
Twitter  @mujerestarapaca

1 comentario:

  1. De conformidad con el artículo 8 del Convenio 169 de la OIT las instituciones del
    sistema judicial nacional deben tomar en cuenta el derecho indígena en los procesos
    en los cuales estén involucrados individuos o colectividades indígenas. Principalmente
    cuando se trate de procesos penales contra miembros de pueblos indígenas, los hechos
    punibles deben ser evaluados a la luz del respectivo derecho indígena. Como lo
    estipula el artículo 10 del Convenio 169 de la OIT, para imponer sanciones deben
    tenerse en cuenta las costumbres y prácticas indígenas y en todo caso se debe evitar
    el encarcelamiento que aísla al individuo de su familia y comunidad.
    MOPIVE

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